Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la penalización del aborto en México, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país.
En votación unánime, con 10 votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país.
El Pleno de la SCJN reinició este martes la discusión sobre la penalización del aborto en Coahuila en la que ya ocho ministros se habían pronucniado ayer por declarar inconstitucionales este tipo de medidas.
Este martes tocaba el turno de tres de los 11 ministros para emitir sus pronunciamientos sobre la propuesta de Luis María Aguilar Morales de declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece hasta tres años de cárcel a quienes abortan de manera voluntaria.
Sin embargo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no estuvo presente por “causas de fuerza mayor”, según explicó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.
La ministra Ana Margarita Ríos Farjat destacó en su intervención que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como el de la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva.
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